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domingo, 12 de noviembre de 2017

La Docena en el sistema duodecimal

El admirado número 12


    El sistema duodecimal se usó en España para contar hasta que en el año 1871 se adoptó el Sistema Métrico Decimal. Cuya unidad principal es el metro, que es la diezmillonésima parte del cuadrante del meridiano terrestre.



Reloj

Signos del Zodiaco














    Era habitual usar fanegas: un cahiz eran 12 fanegas, una fanega tenía 12 celemines, una libra es igual a 12 onzas, una gruesa que era igual a 12 docenas, un año tiene doce meses, el día tiene dos veces 12 horas. 12 también fueron los Apóstoles, 12 las tribus de Israel, 12 los signos del zodiaco, 12 los animales de la astrología China y 12 las labores de Hércules.
    El doce sigue estando hoy vigente en pulgadas y millas, en todo el sistema horario y en las muchas cosas que se venden por docenas o se adocenan en los almacenes, es decir se embalan o empaquetan por docenas o medias docenas. El verbo adocenar cambió de significado para pasar a significar que alguien se vuelve mediocre, vulgar o de muy escaso mérito. Y con los doce puntos del carnet de conducir el doce vuelve de nuevo a la más rabiosa actualidad. La Dirección General de Tráfico apostó por el sistema duodecimal. 

    La docena fue, durante mucho tiempo, uno de los sistemas de medida. Era una medida de fácil fracción, lo que permitía comprar media docena, un tercio de docena, una cuarta de docena y hasta una sexta; lo que nos proporcionaría seis, cuatro, tres y dos huevos. Frente a la precaria descomposición del 10 = 2 x 5, por lo que solamente nos permite partir una cantidad en su mitad y su quinta parte, igualmente está la riqueza de factores del 12 = 12 x 1 = 6 x 2 = 4 x 3, lo que permitía que en  la antigua vara de medir dividida en 12 partes iguales quedaran marcadas las fracciones: 1/4, 1/2, 3/4, 1/3, 2/3 y tratándose de medir, las operaciones de dividir por mitades o por terceras partes, son esenciales en la práctica. 
    Platón fue un ferviente admirador del número doce por estas razones. En geometría el doce aparece en algunas figuras y propiedades espaciales. Sin despreciar el polígono de doce lados, dodecágono, resplandecen con luz propia el cubo y el octaedro con doce aristas cada uno, el dodecaedro con doce caras pentagonales y el icosaedro con doce vértices. Parece que el doce tiene especial relevancia en el mundo de los poliedros regulares. También el rombododecaedro con sus doce caras rómbicas y su capacidad de llenar el espacio se apunta a la doce-manía.
    Sabemos que la palabra docena se refiere al conjunto de 12 cosas. Sin embargo, para referirse al número 13, en cuestión de medidas, aludimos a aquel que busca un mayor beneficio para sí que para los demás o al que toma más de lo que le pertenece. 
    Su origen se atribuye al fraile que fue a comprar huevos y le dijo a la dependienta: “Quiero una docena de huevos, pero como  son para diferentes personas, me los vas a poner por separado. Para el abad me pones media docena; para el padre prior un tercio de docena; y para mí, sólo, un cuarto de docena”. Es decir, que separó la mitad de doce, o sea, seis huevos; después un tercio de doce, cuatro huevos; y finalmente un cuarto de doce, tres huevos. En total sumaban, como puede verse, trece huevos. 6 + 4 + 3 = 13. Con prontitud el fraile pagó la docena y se llevó, en cambio, trece huevos. 
Cuando marchó, la huevera, que en cuestión de huevos entendía un rato, algo mosca, hizo las cuentas, y vio que el pícaro fraile la había engañado. Al cabo de una semana volvió el fraile a la huevería con el mismo cuento y ella, la moza, le estaba esperando y al despacharle le espetó: “Señor fraile, le pongo justa la docena de huevos y por el camino ya hará usted el reparto”. Se ve que la zagala, aparte de lista conocía el dicho, ése que dice: “Si me engañas una vez la culpa es tuya, pero si me engañas dos veces, entonces, la culpa es mía” 

    No pretendo aburrir con este artículo, simplemente lo hago para estimular la curiosidad de la gente, estudiar las medidas de nuestros ancestros y por último hacer ver que la historia de las matemáticas es amena

martes, 8 de noviembre de 2016

Las grandes depuraciones del rey Chindasvinto


Pinceladas sobre el rey Chindasvinto


    Hemos hablado varias veces de aquel Monasterio de San Román, que fuera mandado construir en el siglo VII por un rey llamado Chindasvinto para su enterramiento de él y de su joven esposa Reciberga; sin embargo, es poco lo que nos hemos parado a hablar de este rey visigodo que, gracias a ese misterioso proyecto, trajo consigo el nacimiento de nuestro pueblo a la sombra que proyectó el citado monasterio.  

    Son muchas las preguntas que nos hacemos sobre la decisión de Chindasvinto de enterrarse en este paraje entre ríos. Lo natural es que reposasen sus restos en un gran mausoleo de una gran ciudad como Toledo, donde tomo posesión de la corona. Nos hace pensar que, la decisión de su enterramiento, en lo que fuera más tarde nuestro pueblo, fue llevado a cabo muy en secreto y con desconocimiento total de la nobleza y clero de aquella época, fruto al temor a una profanación de su sepulcro, como acto de venganza y resentimiento, dada la gran cantidad de enemigos que generó en vida. Tal profanación no fue llevada a cabo en aquellos años por sus enemigos, sin embargo, en  siglos posteriores, el monasterio y su sepulcro fueron saqueados por Abderramán II, allá por el año 826 y más tarde Almanzor, en el año 992, saquea y destruye la casi totalidad del monasterio.   
     En los últimos años de su mandato el resentimiento de parte de la nobleza (a la que había confiscado tierras) y el clero (al que había desposeído de privilegios), llevaron al país a una situación conflictiva, con diversas rebeliones de las que desconocemos sus detalles exactos. En su reinado el Estado fue saneado, se eliminaron corrupciones, se sofocaron revueltas y se impulsaron nuevas leyes. 

Las grandes depuraciones de Chindasvinto:

    Bajo el reinado de Chindasvinto (642-653) vamos a asistir a las «grandes depuraciones». Los cronistas francos de los siglos VI y VII emiten unos juicios sobre la conducta de los reyes visigodos. Así Gregorio de Tours habla de «la detestable costumbre de los godos».
Chindasvinto llegó al trono porque Tulga era un adolescente inexperto, y dio un golpe de estado en Pamplona donde será aclamado rey por una parte de la nobleza; la entronización oficial se realiza en Toledo. Cuando llegó al trono era un hombre de una edad avanzada (unos 79 años), pero tenía una gran energía y vigor. Había intervenido en todas los hechos importantes del reino desde Leovigildo, e intervino en todas las intrigas y golpes de estado.
    Las “purgas” que realizó contra sus enemigos son lo que han dado a Chindasvinto su fama. Se habla en la “Crónica de la Continuatio hispana” de Chindasvinto como: «demoledor de los godos».
Además la “Crónica de Pseudo Fredegario” dice que fueron quitados de en medio 200 primates pallatii” (aristocracia importante) y 500 “mediocres” (pequeña aristocracia), siendo asesinados, expropiados o desterrados y dice que: Chindasvinto no dejó de dar muerte con la espada a cuantos tenía por sospechosos hasta quedar convencido de que el morbo de los godos había quedado extinguido. Los godos, domados por Chindasvinto, no osaron ya tramar contra él ninguna de sus acostumbradas conspiraciones.

Ramón de Abadal y de Vinyals dice que la mitad de la clase política visigoda fue depurada. Chindasvinto elaboró una legislación destinada a dar fundamento político a sus medidas represivas, de las que no se escaparon ni los prófugos, que son considerados por las leyes como reos de alta traición.
    En el año 642 promulgó una ley que distingue a los que atentaron contra el rey, la nación o la patria desde su reinado y los que lo hicieron desde el reinado de Chintila. Estos serán castigados con la muerte y se les expropiaran sus bienes; esta pena puede ser conmutada por el rey a cambio de la ceguera.
    El rey, para asegurar la eficacia de tan rigurosa legislación, ordenó que se obligase a aceptarla bajo juramento a los magnates y demás miembros del oficio palatino, así como a los obispos. Y como última garantía, para que la ley eclesiástica reforzase lo dispuesto por la ley civil, Chindasvinto promovió la reunión del II Concilio de Toledo donde se decretaron severas penas canónicas contra los clérigos y laicos autores de los delitos políticos contemplados por la legislación real.
    Se producirá la excomunión de por vida, hasta el momento de su muerte, en el que, con el permiso del rey se levantaría la excomunión, a los rebeldes y prófugos. Los obispos que levantaran esta excomunión serán castigados, y si el hecho es grave serán también excomulgados.
    El obispado se levantó contra Chindasvinto, pero éste se impuso a estas protestas. Muchos obispos no asistieron a este Concilio, entre ellos San Braulio de Zaragoza (el miembro más ilustre del episcopado hispano). Sin embargo sí se vieron obligados a jurar la ley.
    Hay otro decreto que dice que la ley civil estaba por encima de la eclesiástica y se debía obedecer antes al rey que a los obispos; éste fue tachado de anticlerical por San Braulio. Además se suprimió el principio de inmunidad y fuero, por lo que ahora los obispos estaban obligados a pagar impuestos por sus posesiones.
    San Braulio muestra su pesimismo y preocupación por estos temas en una carta dirigida al obispo de Valencia. Además busca la amistad de Emiliano (obispo de Toledo) para que influya en Chindasvinto.
    Éste como legislador introdujo reformas en la administración y en la vida jurídica y preparó una recopilación del derecho visigodo que sería promulgado por su hijo Recesvinto y recibiría el nombre de Liber Iudiciorum o «Fuero juzgo».
    Entre otras existían 98 leyes promulgadas por Chindasvinto, de las que la mayoría eran sobre política económica. Estas leyes significarían un saneamiento de la hacienda pública (debido a las confiscaciones de bienes) y una mejora en la moneda. Una de las leyes era la “De non alienandis privatorum et cunales regus”, por la que impide el fraude fiscal y prohíbe que las tierras sometidas a tributo público pasaran a propietarios exentos del pago de impuestos.
    En cuanto al terreno militar en el año 642 los vascones vuelven a los ataques y matan a un joven optimate (personaje de alta dignidad) llamado Oppila. Además una embajada enviada por los francos es detenida en Zaragoza por lo que las relaciones con los francos se vuelven muy tensas.
    En el año 649 surgió una importante iniciativa política que, aun siendo contraria a la letra de la legislación real sucesoria, podía sin embargo salvar el reino de un delicado trance. Los promotores de la idea fueron San Braulio, Eutropio (obispo de Tarazona) y Celso, gobernador tal vez del distrito civil del Ebro medio, donde estaban enclavados estos dos obispados. Los tres personajes dirigieron una carta a Chindasvinto proponiendo la asociación al trono de su hijo Recesvinto, para que fuera en vida su corregente y luego, tras la muerte, sucesor suyo. Chindasvinto accedió a lo solicitado y el 29 de enero del año 649 Recesvinto fue asociado al trono. San Braulio pretendía que la transición de un reinado a otro fuera tranquila y pacífica y que se evitara el revanchismo.
    Esto se entiende ya que hacía poco un gran caudillo llamado Froja se había rebelado con el apoyo de los vascones en la Tarraconense. Durante varios meses los vascones sitiaron Zaragoza, según relató a su colega Quirico de Barcelona el obispo Tajón, sucesor de San Braulio, que sufrió encerrado entre los muros los avatares y angustias del asedio. Por fortuna para los sitiados, un ejército mandado personalmente por Recesvinto llegó a tiempo de socorrerles. Los vascones fueron vencidos, Froja murió con ignominia y Zaragoza y sus defensores se salvaron. Es probable que este desenlace feliz coincidiera con los últimos días de la larga existencia de Chindasvinto, que murió en el año 653San Leandro murió en el año 651 y se asiste al ascenso de Tajón y  San Fructuoso de Braga que había fundado una serie de monasterios en zonas poco pobladas de Galicia, que supondrían importantes focos de atracción para la población.
    Parece que los últimos años de su vida, Chindasvinto, los ocupó en actos de piedad y beneficencia. Fundó el Monasterio de San Román de Hornija, en San Román de Hornija (Valladolid), para que a su muerte, a los 90 años, reposasen sus restos en un sepulcro junto a los de su esposa Riciberga, con la que tuvo tres hijos: Recesvinto, su sucesor, Teodofredo, quien fue supuestamente padre de Rodrigo,  Favila, supuestamente padre de Pelayo, y una hija, Glasiunto. Su epitafio, escrito por Eugenio de Toledo, le define como «autor de crímenes, impío, obsceno, infame».


miércoles, 22 de junio de 2016

Los Archivos como fuente de información de nuestro pasado.



San Román en los Archivos Históricos



    Ya en el año 2009 publiqué un artículo sobre este tema en este blog. No cabe duda de que, si los objetivos de este blog de “San Román de Hornija en el tiempo” son los de recopilar vivencias y cultura de nuestros ancestros, hemos de acudir a la gran fuente para ello que está en los Archivos Españoles, tanto nacionales, provinciales, diocesanos y municipales, donde se encuentre algo relacionado con nuestro pueblo. Hoy trato de completar y ampliar dichos documentos con el ánimo de prestar ayuda a todo aquel que se sienta con inquietudes de investigar lo relativo a nuestro pueblo. Hay que recordar que las leyes amparan al ciudadano para la consulta en Archivos de casi toda la documentación, salvo la reservada por la Ley de Secretos Oficiales y la que afecta a la intimidad, honor, o aquella que contiene datos de carácter personal. Antiguamente se necesitaba carnet de investigador para tener acceso a los Archivos Españoles, hoy, sin embargo, todo ciudadano tiene acceso a ellos mediante la presentación del D.N. I.
    Lo que publicamos a continuación, a modo de índice, son los títulos o temas que se archivan sobre San Román y que es necesario conocer si queremos que el Archivo nos facilite su contenido o desarrollo. A veces un tema, especialmente los relativos a pleitos, se componen de una o más cajas y de cientos de folios. El investigador puede reproducir mediante fotocopiado los documentos que considere oportunos.
     Nos llama la atención lo proclives o tendentes que eran nuestros ancestros a pleitos; así mismo observamos la existencia de unos apellidos hoy desaparecidos de San Román, ejemplo: Zarapico, Cazo. Cantarera, Aguado, Troncoso, Virúes, Mudarra, Silbona, Zazo, Herragudo, Mazo, Garzón, Villegas y muchos más, tal vez como efecto de la carencia de hijos varones en el matrimonio.  

TÍTULO: Es el tema que queremos investigar.
SIGNATURA: Son códigos que hacen referencia a la situación dentro del archivo para su mejor localización en cajas etc.
FECHA DE CREACIÓN: Es la fecha en que se produjo tal hecho. En los pleitos existen dos fechas, la del inicio y la de su terminación.

    “El estudio del pasado es esencial para ubicar a las personas en el tiempo; necesitamos saber de dónde venimos, para saber a dónde vamos. Conocer la historia es esencial para comprender la condición del ser humano, esto le permite construir, avanzar y si es necesario cambiar”


ARCHIVO DE LA REAL CHANCILLERÍA DE VALLADOLID ( Chancillería, 4 – Valladolid)
  TÍTULO
SIGNATURA  
FECHA  CREACIÓN
PL CIVILES,PÉREZ ALONSO (F),CAJA 3580,1
1783 / 1797  
PL CIVILES,PÉREZ ALONSO (F),CAJA 923,2
1569 / 1571  
PL CIVILES,FERNANDO ALONSO (F),CAJA 1393,1
1562 / 1568  
PERGAMINOS, CAJA,55,10
1507-11-13  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 601,38
1545-2-27  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 328,45
1518-6-19  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 84,14
1495-5-6  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1134,65
1568-2-27  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 960,39
1559-10-9  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1062,29
1564-7-8  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 613,26
1545-9-15  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 495,60
1537-11-20  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1172,54
1570-2-28  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1717,31
1592-6-26  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1081,31
1565-6-5  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 715,74
1550-9-20  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 160,41
1501-7-1  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1102,36
1566-8-30  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1267,29
1573-4-11  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 875,12
1556-11-10  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 335,18
1519-2-23  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1527,13
1585-5-30  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 981,35
1560-9-5  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1199,22
1571-2-24  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1539,30
1585-10-22  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 287,3
1513-8-26  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 298,26
1514-9-12  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 598,10
1544-11-15  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 967,5
1560-1-13  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 993,27
1561-1-9  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 992,22
1560-12-4  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1211,13
1571-7-14  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1019,13
1562-3-13  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1008,55
1561-10-20  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1100,19
1566-7-15  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 288,27
1513-9-3  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1937,8
1602  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 220,12
1507-12-20  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 797,29
1554-1-27  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1470,51
1582-9-22  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1191,22
1570-10-27  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 99,32
1496-5-6  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 157,8
1501-4-3  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 288,26
1513-9-3  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1486,32
1583-5-24  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1926,114
1601-10-27  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 284,57
1513-5-27  
Pleito de Francisco González Vara, Abogado de los Reales Consejos, vecino de la ciudad de Toro (Zamora), comisionado por la Real Sala del Crimen de la Real Audiencia y Chancillería de la ciudad de Valladolid para averiguar los sucesos ocurridos en la villa de San Román de Hornija (Valladolid), con motivo de la función de novillos que permitió su justicia, el 16-8-1807, festividad de San Roque, y perfeccionar o formalizar el sumario que de los mismos han formado las justicias locales. CONTRA Los vecinos de la citada villa y los de la de Castronuño (Valladolid) y Morales (Zamora), los del lugar de Cubillas (Valladolid) y los de la ciudad de Toro (Zamora) que resultasen culpables de sobre Desorden público, golpes, riñas, heridos, desobediencia a la autoridad y daños que se produjeron (entre otros la quema de un medero de centeno en rama en la era de Luis Alonso, propiedad suya y de los hijos de don Pablo Gago y de doña Inés Barbajero de quien era curador)
SALAS DE LO CRIMINAL,CAJA 212,1/213,1
1807/1813 
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 252,1
1673/1675 
PL CIVILES,PÉREZ ALONSO (F),CAJA 3288,3
1771 / 1772  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 57,5
1528  
PL CIVILES,PÉREZ ALONSO (OLV),CAJA 1081,6
1830 / 1832  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 1134,54
1768 
PL CIVILES,ALONSO RODRÍGUEZ (F),CAJA 3119,1
1697 / 1697  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 223,2
1605  
PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 1983,2

PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 1226,2

PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 894,3

PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 2214,1

PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 824,5

PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 1704,3

PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 1146,2

PL CIVILES,PÉREZ ALONSO (F),CAJA 1267,2
1600 / 1601  
PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 2467,7

PL CIVILES,FERNANDO ALONSO (F),CAJA 1293,3
1524 / 1526  
SALA DE VIZCAYA,CAJA 3757,2
1797 / 1797  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 1610,1
1580  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 1534,4
1528  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 1134,19
1713 
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 699,10
1543  
PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 521,1

SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 473,4
1549  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 148,2
1565  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 722,8
1569  
PL CIVILES,FERNANDO ALONSO (F),CAJA 1034,5
1560 / 1561  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 771,18
1558  
PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 559,5

SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 542,2
1549  
SALAS DE LO CRIMINAL,CAJA 79,3
 1796
SALAS DE LO CRIMINAL,CAJA 409,6
1814 / 1816  
PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 168,1

SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 319,9
1580  
PL CIVILES,MORENO (OLV),CAJA 638,4
1620  
PL CIVILES,PÉREZ ALONSO (F),CAJA 2376,1
1649 / 1650  
PL CIVILES,PÉREZ ALONSO (F),CAJA 3596,4
1780 / 1798  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 1264,7
1719  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 212,3
1614  
PL CIVILES,PÉREZ ALONSO (OLV),CAJA 1019,6
1827 / 1827  
PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 2214,1

SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 1141,4

PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 2213,1

PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 2213,1

PL CIVILES,MORENO (OLV),CAJA 529,5
1635  
PL CIVILES,MORENO (OLV),CAJA 755,2
1627  
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 205,10
1620  
PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 2488,6

PL CIVILES,ZARANDONA Y BALBOA (OLV),CAJA 2423,7

PL CIVILES,PÉREZ ALONSO (OLV),CAJA 129,2
1734 / 1736  
SALAS DE LO CRIMINAL,CAJA 190,1/193,1
 1816/1825
SALA DE HIJOSDALGO, CAJA 625,49
1557  
Principio del formulario


Digitalizados:

REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1744,38
1593-8-31  

REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2978,30
1675-12-25  

REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 3812,23
1811-10  

REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1901,23
1600-5-31  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2987,68
1677-2  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1925,69
1601-10-12  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2260,25
1619-2-25  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1956,47
1603-6  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 3427,11
1778-6  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2415,49
1625-3-3  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2554,8
1631-3-18  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2620,10
1635-10  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2571,41
1632-7-21  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2586,43
1633-10-6  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2395,12
1624-7-6  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 3659,12
1795-10  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2845,56
1659-8  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2235,10
1618-1-27  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2718,11
1642-6  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 3381,3
1774-10  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 3619,17
1792-11  
REGISTRO DE EJECUTORIAS,CAJA 1320,42
1575-11-26  

REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 2380,44
1624-12-22  
REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 3428,29
1778-6  
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1550-3-18  
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1754-1-30  
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RGS,LEG,150109,27
1501-9-2  
RGS,LEG,149409,313
1494-9-9  
RGS,LEG,149010,77
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